Resumen

  • Jordi Palet Martinez propuso que las transferencias IPv4 temporales tuvieran fecha inicial y final en un registro público, con restauración de los datos Whois originales al vencer el plazo.
  • APNIC cuestionó la cancelación disputada, la ejecución de contratos privados y el alcance de una «revocación inmediata». Prop-157 no logró consenso en APNIC 58 y fue abandonada en septiembre de 2024.

Una cesión temporal de direcciones necesita dos movimientos: entregar y recuperar. La versión final de prop-157 describía los dos con precisión de calendario. APNIC anotaría comienzo y final en el registro público; una prórroga requeriría acuerdo de ambas partes y reconocimiento del registro; al terminar, Whois volvería a mostrar al titular original. El mínimo seguía siendo un /24 y el mecanismo se limitaba a titulares de cuentas dentro de la región.

Palet veía utilidad para redes pequeñas que despliegan IPv6 y solo necesitan IPv4 durante la transición, incluso como servicio complementario. Comprar de forma permanente un bloque para una necesidad transitoria es una solución bastante aparatosa. Su diseño dejaba visible al usuario actual sin perder el rastro del titular y prohibía que el receptor temporal volviera a transferir el bloque.

La letra difícil empezaba después. El contrato debía prever cancelación inmediata por abuso, un ASN para anunciar las direcciones, RPKI, datos IRR y de geolocalización correctos, prácticas MANRS y un plan de IPv6. El titular de origen vigilaría esas condiciones. La evaluación de APNIC preguntó qué ocurriría si ese titular exigía cancelar y el receptor se negaba; también contempló la petición inversa de prórroga, cierres de cuentas y adquisiciones. Ninguno de esos casos cabe en una simple casilla «fecha de fin».

Había una frase aún más delicada: una advertencia ignorada provocaría «revocación inmediata». ¿Se revocaría la cesión temporal o el recurso del titular original? La Secretaría señaló la ambigüedad. En su análisis inicial ya había observado que APNIC no podía imponer una cláusula de cancelación de un contrato privado del que no formaba parte. El registro puede reflejar un acuerdo; no se convierte por ello en juez automático de un desacuerdo.

La estimación de implementación pasó de tres meses en el primer análisis a hasta doce en el posterior, al entrar en juego sistemas, procedimientos y acuerdos. El historial de APNIC cierra la historia: sin consenso el 6 de septiembre de 2024; los presidentes abandonaron prop-157 e invitaron a presentar otro texto con las objeciones incorporadas. Palet había diseñado la devolución. Faltaba decidir quién podía ordenar que se ejecutara.