Resumen
- En LACNIC 46, Alfredo Verderosa situó en diciembre de 2026 la primera etapa de implementación de LAC-2025-5. La subasignación de IPv4 a terceros funcionaría solo entre asociados directos de la misma organización: LACNIC, NIC México o NIC.br. Las operaciones entre organizaciones corresponden a una segunda etapa cuya fecha sigue pendiente.
- MiLACNIC y los sistemas de los NIR comprobarán los requisitos del bloque y del receptor; el acuerdo económico se hará directamente entre las partes, fuera de la plataforma. La política ratificada exige registro en WHOIS, una bitácora pública de altas y bajas y restricciones de tres años.
Una norma puede abrir un mercado en el papel y dejarlo dividido en tres ventanillas al llegar al mostrador. Así será el primer tramo de la nueva subasignación de IPv4, según la presentación de Alfredo Verderosa en LACNIC 46. La diapositiva de calendario escribe «Diciembre 2026» sobre la etapa 1 y dibuja tres casillas separadas: gestión directa de LACNIC, NIC México y NIC.br. Debajo aparece la condición que decide quién puede entrar: solamente asociados directos dentro de cada organización. Las flechas entre casillas llegan en la etapa 2, marcada «fecha por definir».
Para un pequeño proveedor de internet, esa línea gráfica puede convertirse en una línea comercial. Si quien dispone del bloque y quien lo necesita pertenecen a registros distintos, la primera versión del procedimiento no les dará un camino entre ambos. La política cubre la región de LACNIC; el despliegue inicial tendrá límites administrativos más estrechos. Falta saber cuándo se abrirá el paso entre LACNIC y los NIR. El calendario de diciembre describe tres circuitos internos, no una bolsa regional única.
El expediente oficial de LAC-2025-5 conserva el estado «Ratified» y fecha la ratificación el 24 de marzo de 2026. La charla de octubre aporta el plan de implementación. Entre ambos documentos aún no aparece un día exacto de puesta en producción ni una primera operación pública. Atribuir operaciones presentes a un calendario futuro sería adelantarse a la pantalla que los asociados todavía no pueden consultar.
La política responde a un problema que sus autores describieron sin rodeos. La regla anterior prohibía entregar direcciones IPv4 a terceros fuera de la infraestructura del titular original. En una región con escasez de IPv4, surgieron acuerdos informales de «alquiler» sin un registro fiel del usuario. El texto aprobado permite una subasignación controlada, exclusivamente dentro de la región, y deja fuera los recursos de la reserva para infraestructura crítica. Los bloques admitidos van de /24 a /22.
El receptor debe contar con un ASN y espacio IPv6 asignados por LACNIC; el titular que ofrece direcciones, con contrato vigente con LACNIC o el NIR correspondiente. También hay que justificar al menos un 25 % de uso o necesidad inmediata y proyectar un 50 % de uso en un plazo máximo de un año. Cada requisito estrecha la puerta a propósito.
La siguiente separación está en el dinero. El esquema presentado para MiLACNIC y los sistemas de los NIR permite elegir bloques, presentar la justificación del receptor y comprobar automáticamente criterios de elegibilidad. La diapositiva coloca el acuerdo económico fuera de MiLACNIC, directamente entre quienes hacen el trato. LACNIC quiere verificar el movimiento del recurso y su rastro registral; no anuncia una mesa de negociación ni una caja de cobro. Esa decisión reserva a las partes el precio y las condiciones comerciales, mientras exige que el uso de una numeración escasa deje huella pública.
La huella tiene un formato concreto. La versión final de la política ordena vincular el bloque al ASN receptor en WHOIS. Una bitácora pública debe anotar bloque, ASN, fecha y tipo de evento: inicio o fin de la subasignación. El asociado que cede el uso sigue siendo responsable de las direcciones y debe terminar la relación si el receptor incumple las obligaciones del manual; LACNIC puede revocar recursos conforme a sus políticas. El receptor tampoco puede volver a subasignar el bloque. El contrato bilateral no reemplaza ninguna de estas responsabilidades.
Hay un coste menos visible que el precio privado. Un bloque obtenido directamente de LACNIC o mediante transferencia debe esperar tres años desde su recepción antes de entrar en esta modalidad. Y el titular que subasigna no puede pedir nuevo IPv4 ni recibir transferencias durante tres años contados desde su última subasignación. Una operación adicional mueve el inicio de ese segundo plazo. Quien hoy ofrezca parte de sus direcciones tendrá que valorar cuánto le importa conservar la posibilidad de ampliar su propia dotación mañana.
En diciembre se podrá comprobar la parte sencilla de la promesa: formularios utilizables dentro de cada registro, decisiones de elegibilidad, enlaces WHOIS y una bitácora de movimientos con eventos reales. La parte difícil conserva una casilla vacía en la diapositiva: la fecha en que LACNIC, NIC México y NIC.br podrán cruzar sus fronteras. Por ahora, el mapa institucional se parece menos a una autopista que a tres calles nuevas que terminan frente al mismo río.
Fuentes: presentación original de LACNIC 46; expediente y texto final de LAC-2025-5; programa oficial de LACNIC 46.
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