Resumen
- De las 99 solicitudes de autoridades recibidas por RIPE NCC en 2025, 81 buscaban identificar a usuarios detrás de direcciones IP concretas; el registro afirma que no tenía esas identidades.
- El informe separa esos datos ausentes de diez solicitudes de información no pública, seis de información pública, una ajena a RIPE NCC y una que pedía una acción específica.
Una dirección IP parece una pista. No es una ficha de cliente. En 2025, las autoridades pidieron 81 veces a RIPE NCC que identificara a usuarios de Internet asociados a direcciones concretas. El informe anual del organismo dice que no podía entregar esas identidades. En cambio, explicó su función de Registro Regional de Internet y mostró cómo consultar los datos públicos de RIPE Database para localizar al titular responsable de un bloque de direcciones.
Las dos preguntas se confunden porque empiezan con el mismo número. «¿Quién usó esta dirección a las 14:03?» y «¿qué organización figura como titular de este bloque?» pueden partir de una IP. No terminan en la misma base de datos.
Un RIR administra recursos numéricos de Internet y sus registros. La ficha pública puede señalar al titular de un recurso. Eso no convierte a RIPE NCC en el sistema de abonados de cada proveedor de acceso ni revela quién estaba detrás de una sesión concreta. La dirección abre una puerta; el registro solo llega hasta su propio umbral.
Las cifras de 2025 dejan poco margen para confundir los papeles. RIPE NCC recibió 99 solicitudes de autoridades. Ochenta y una trataban de información que no tenía: identificar a usuarios asociados a direcciones IP concretas. Diez pedían información no pública, seis información pública, una se refería a un asunto sin relación con RIPE NCC y otra pedía una acción específica.
Las diez solicitudes de información no pública se dividieron por fuerza jurídica y jurisdicción. Las autoridades neerlandesas enviaron ocho solicitudes vinculantes; RIPE NCC cumplió las ocho. Se referían a un usuario final patrocinado por un miembro, cinco miembros actuales y dos antiguos miembros. Otras dos solicitudes no vinculantes llegaron de autoridades de fuera de los Países Bajos. RIPE NCC no entregó la información privada: proporcionó datos públicos y explicó la vía de la orden judicial neerlandesa.
Las seis solicitudes de información pública preguntaban por procedimientos o por la propia organización. Cuatro consultaban cómo pedir información no pública; dos se referían a los procesos de sanciones de RIPE NCC. El registro podía responder con sus normas y documentos públicos. La solicitud de una acción concreta era otra cosa: una autoridad extranjera quería cambiar en los registros públicos el país atribuido a un miembro. RIPE NCC respondió que se necesitaba una orden judicial neerlandesa u otra orden ejecutable según el derecho neerlandés, y que la información pública disponible no respaldaba lo afirmado por la autoridad.
La serie anual también cambió de ritmo. De 2016 a 2021, ningún año superó las 60 solicitudes. El total pasó a 187 en 2022, alcanzó 200 en 2023 y bajó a 115 en 2024 y 99 en 2025. La curva no siguió subiendo. Tras el máximo, la clasificación cuenta más que la cifra general: muchas solicitudes pedían registros guardados en otro lugar; una parte menor sí entraba en los datos y procedimientos jurídicos propios de RIPE NCC.
Francia originó 32 solicitudes en 2025, la cifra más alta por país. RIPE NCC afirma que trataban de información que no tenía. El dato señala de dónde llegaron las solicitudes; no cuántos casos, personas o investigaciones había detrás. El informe cuenta solicitudes. Esa es la unidad publicada.
En julio de 2026, RIPE NCC publicó su procedimiento vigente, RIPE-865. Distingue entre información pública y datos confidenciales de los miembros. Las autoridades neerlandesas pueden recibir información no pública mediante una orden neerlandesa vinculante; las autoridades de la UE pueden utilizar el Reglamento eEvidence. Sus reglas de confidencialidad impiden que RIPE NCC avise a los miembros. Para las demás órdenes, la política es notificarles salvo prohibición legal o judicial. RIPE NCC publicó este procedimiento en 2026. El informe de 2025 sigue siendo el registro de las solicitudes recibidas ese año.
La conclusión práctica es menos propia de una serie policial y mucho más útil: un registro puede confirmar lo que dicen sus propios datos; la identidad del abonado asociado a una dirección en un momento concreto pertenece a otro custodio. La autoridad legal no transporta datos de un sistema a otro. La solicitud tiene que llegar a quien realmente conserva el registro y seguir el procedimiento aplicable.
El informe publica el número de solicitudes; no ofrece un recuento de usuarios identificados ni de investigaciones concluidas. Sí deja un dato claro: 81 solicitudes pidieron una identidad que, según el RIR, no estaba en sus archivos. Basta para trazar la frontera entre el directorio de direcciones de Internet y los archivos de clientes de otras organizaciones.
Fuentes: RIPE NCC, Informe de solicitudes de autoridades de 2025 (RIPE-854); RIPE NCC, Procedimiento para solicitudes, órdenes e investigaciones de autoridades (RIPE-865).
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