Resumen
- El borrador del 1 de octubre afirma que el Reglamento de Internet Abierto obliga a los proveedores de acceso, mientras que las interfaces de IA seleccionan información en la capa de aplicaciones.
- Los comentarios deben enviarse en inglés antes del 11 de noviembre. El informe sigue siendo un borrador; no cambia la ley y pide coordinar mejor la aplicación de las normas actuales.
Dos personas pueden usar la misma conexión y llegar a la información por rutas distintas. Un buscador muestra enlaces ordenados; un servicio de IA selecciona unas fuentes, las resume y puede mantener al usuario dentro de su interfaz. La conexión sigue abierta, pero cambia la forma de descubrir las fuentes.
Ese límite de alcance está en el centro del informe preliminar BoR (26) 141, que BEREC abrió a consulta pública el 7 de octubre. El Consejo de Reguladores lo adoptó para consulta durante sus reuniones del 1 y 2 de octubre. El documento describe la IA generativa y agéntica como una nueva capa de intermediación: los motores de respuesta eligen y presentan información, mientras que los agentes también pueden ejecutar tareas por cuenta de los usuarios.
El punto de gobernanza más concreto aparece donde termina el Reglamento de Internet Abierto de la UE. Según el borrador, sus obligaciones se aplican a los proveedores de servicios de acceso a internet en la capa de conectividad. No alcanzan a los proveedores de contenido y aplicaciones, donde los servicios de IA ejercen su poder de intermediación. BEREC indica que la propuesta de Ley de Redes Digitales de enero de 2026 conserva en gran medida esa arquitectura. Por eso, el reglamento no es una herramienta operativa para los problemas de selección que analiza el informe.
Ese límite de competencia no significa que las respuestas de IA sean ilegales ni que internet ya esté cerrado. Distingue dos superficies de control. Las normas de red regulan cómo transporta tráfico un proveedor de acceso; una interfaz de IA puede influir en qué fuentes aparecen, cómo se representan y si el usuario visita el sitio original. Llamar «apertura» a ambos efectos no hace que se rijan por la misma norma.
El borrador dice que la evidencia revisada sugiere que las respuestas generadas pueden reducir el tráfico hacia las webs originales y concentrar la atención en menos fuentes. También señala una tensión: los sistemas de IA dependen de editores, investigadores y organizaciones de interés público, mientras que los resúmenes y el rastreo pueden debilitar algunos incentivos para producir contenido. Es una síntesis de estudios citados, no un experimento de BEREC que mida un efecto causal en toda la UE.
Los protocolos técnicos no resuelven quién responde. BEREC considera que MCP y WebMCP podrían facilitar la interoperabilidad y el cambio de servicio, pero también aumentar la influencia de quienes controlan la interfaz que usa el público. El borrador presenta robots.txt como el mecanismo principal con el que los editores expresan sus preferencias sobre el rastreo de IA, aunque señala problemas de transparencia y cumplimiento. Un conector común o una señal de rastreo aclaran una interfaz; por sí solos no identifican a la autoridad competente ni prueban qué vio el usuario.
El informe examina varias vías jurídicas, entre ellas los reglamentos de Mercados Digitales, Servicios Digitales, IA y Datos. BEREC prioriza aplicar las normas existentes, vigilar sus efectos y coordinar a las autoridades antes de decidir si hay lagunas sustanciales. La consulta permite probar ese mapa con casos concretos: identificar al actor, la capa donde ocurrió la selección, la prueba de que cambió el acceso y la autoridad responsable.
Las respuestas deben presentarse en inglés antes del cierre del 11 de noviembre y citar una sección o un párrafo. BEREC pide comprobar el acuse de recibo; si no llega, la contribución no se ha enviado correctamente y debe remitirse de nuevo. El organismo prevé publicar las respuestas y un resumen que explique cómo las tuvo en cuenta, sujeto a las reglas de confidencialidad. Ni el borrador ni la consulta modifican la ley.
Fuentes
- Borrador BEREC BoR (26) 141
- Consulta y reglas para presentar comentarios
- Anuncio de BEREC del 7 de octubre
- Procedimiento de consulta pública de BEREC
- Reglamento (UE) 2018/1971 por el que se establece BEREC
- Reglamento de Internet Abierto, Reglamento (UE) 2015/2120
- Reglamento de Mercados Digitales, Reglamento (UE) 2022/1925
- Reglamento de Servicios Digitales, Reglamento (UE) 2022/2065
- Reglamento de Inteligencia Artificial, Reglamento (UE) 2024/1689
- Reglamento de Datos, Reglamento (UE) 2023/2854
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