Resumen

  • Base verificada: la Number Resource Organization describe AFRINIC como un registro regional de internet basado en membresía, establecido en 2005, ubicado en Mauricio y al servicio de África; el registro IPv4 de la IANA asigna 41/8 a AFRINIC en 2005-04. Las entradas asignadas después incluyen 102/8 en 2011-02, 105/8 en 2010-11 y 197/8 en 2008-10; 154/8 y 196/8 son entradas separadas de 1993-05 marcadas LEGACY y administradas por AFRINIC, no asignaciones posteriores.
  • Regla de escasez: la página de agotamiento de AFRINIC indica la fase 2 y entrada el 13 de enero de 2020, con mínimo /24 y máximo /22; la misma página dice que la fase 2 aún no se alcanzó, por lo que el estado debe comprobarse con estadísticas del fondo.
  • Afirmaciones legales: los comunicados de AFRINIC de 2025-2026 describen órdenes y litigios, mientras LARUS publica otra versión de la orden del 11 de junio de 2025; los textos de las órdenes no están en el expediente suministrado.

La escasez de IPv4 convirtió un registro técnico en una institución económica, pero el expediente público verificado es más estrecho que el antiguo relato de la controversia. Las reglas publicadas de AFRINIC describen cómo raciona un fondo finito, qué cobra a los miembros, qué servicios dice operar y cómo caracteriza los litigios. Esas páginas pueden establecer lenguaje de política y afirmaciones institucionales. No pueden establecer precios de mercado, el contenido de una decisión judicial, disponibilidad operativa ni un número de direcciones no asignadas, salvo que la página o la orden lo digan.

La base verificada del registro

La Number Resource Organization describe los cinco RIR como asociaciones sin fines de lucro basadas en membresía que distribuyen recursos de números de internet bajo política regional. Su tabla RIR indica AFRINIC como establecida en 2005, ubicada en Mauricio, al servicio de África, con 2.566 miembros al 30 de junio de 2026. La página del NRO usa el nombre African Network Coordination Centre; AFRINIC usa African Network Information Centre. El registro IPv4 de la IANA asigna 41/8 a AFRINIC en 2005-04. También registra asignaciones posteriores a AFRINIC: 102/8 en 2011-02, 105/8 en 2010-11 y 197/8 en 2008-10.

Sus entradas 154/8 y 196/8 son distintas: ambas fechadas en 1993-05, marcadas LEGACY y descritas como Administered by AFRINIC.

La IANA también dice que su suministro de IPv4 está agotado y que el espacio recuperado se asigna bajo política posterior al agotamiento.

La noticia de AFRINIC de 2018 da una asignación recuperada concreta: la IANA asignó a AFRINIC el rango 45.96.0.0 a 45.111.255.255 del fondo recuperado. Es un registro de asignación, no una afirmación de que AFRINIC tuviera espacio abundante ni de que un bloque concreto se vendiera, arrendara o transfiriera después.

Lo que dicen las reglas de racionamiento

La página de agotamiento dice que la fase 1 comenzó el 31 de marzo de 2017. Dice que la fase 2 comenzó el 13 de enero de 2020 y que, en fase 2, la asignación mínima es /24 y la máxima /22. La entrada a la fase 2 se define por un último /8 con no más de un /11 de espacio no reservado. Describe procesamiento por tickets, controles de integridad, verificación de cumplimiento contractual y un requisito de uso eficiente del 90% para bloques adicionales. Son reglas de racionamiento: distribuyen escasez mediante documentación y revisión administrativa, no mediante precio de mercado.

La misma página contiene una tabla que dice que AFRINIC aún no ha alcanzado la fase 2. Esa contradicción no es una errata menor. Determina si la página actual debe citarse como regla operativa, anuncio histórico o afirmación de estado. El tratamiento público correcto es citar la regla y el anuncio fechado, luego comprobar estadísticas actuales del fondo y avisos de AFRINIC antes de afirmar qué fase está operativamente vigente. La página también afirma que al 24 de septiembre de 2015 APNIC, ARIN, LACNIC y RIPE NCC habían agotado sus fondos libres y asignaban desde el último /8.

Es un resumen de AFRINIC sobre los RIR pares, no una auditoría independiente de cada uno.

La página de recursos de AFRINIC añade una regla operativa distinta: un miembro que solicita un prefijo adicional debe tener en uso el 80% de su asignación IPv4 total, tener asignaciones registradas en WHOIS y solicitarlo mediante MyAFRINIC. El 90% de la página de agotamiento se aplica a bloques adicionales en la descripción de fase 2. Las páginas tienen alcances distintos; no deben fusionarse en un umbral universal.

Tarifas, servicios y límites del expediente

La página de tarifas de AFRINIC dice que pueden cambiar anualmente según costes operativos y salud financiera, con validación de la Junta. Para LIR, incluye una categoría media para asignaciones de al menos /16 e inferiores a /14 con 12.800 dólares anuales. Incluye una tarifa de asignación de 4.000 dólares para esa banda. Da reglas separadas para sitio final, IPv6, ASN, académico, infraestructura crítica y transferencias. Son cargos administrativos de membresía y servicio. No son prueba de un precio de mercado de un bloque de direcciones. La página no muestra el baremo de 2023 ni demuestra que el actual rigiera en 2023.

Las páginas de servicio describen WHOIS, DNS inverso, Internet Routing Registry y certificación de recursos. RDAP aparece como enlace de navegación, pero las páginas suministradas no incluyen una descripción de servicio RDAP capturada. DNSSEC también aparece en la navegación del sitio, sin una descripción de servicio capturada del mismo tipo. El DNS inverso, por ejemplo, se describe disponible en fronteras de 8 bits, normalmente /16 o /24, con asignaciones registradas antes de la delegación. RPKI se describe como un marco para verificar la asociación entre direcciones IP o ASN y sus titulares.

Estas descripciones establecen el diseño del servicio.

No muestran que WHOIS, DNS inverso, RPKI o IRR siguieran siendo fiables durante una disputa de gobernanza concreta, porque no se suministran datos de disponibilidad e incidentes.

La disputa legal: afirmaciones, no adjudicación

El comunicado de AFRINIC del 9 de mayo de 2026 dice que la orden del 11 de junio de 2025 no estableció, aprobó, reconoció ni creó una «Court-Ordered Shareholder-Position Continuity Structure». Dice que AFRINIC estudia pasos legales para aclarar el registro mencionado en la orden. El comunicado del 15 de mayo de 2026 dice que la Corte Suprema de Mauricio emitió una orden provisional el 14 de mayo de 2026 contra Cloud Innovation Ltd tras declaraciones publicadas mediante Larus Ltd, y que la publicación sugirió erróneamente que la Corte había autorizado el arrendamiento de recursos de números de internet asignados por AFRINIC.

El mismo comunicado dice que la Corte permitió a la ICANN intervenir en una petición de liquidación presentada por Cloud Innovation en julio de 2025.

La página pública de LARUS da otra versión. Dice que la orden del 11 de junio de 2025 dispuso rectificar el registro de miembros de AFRINIC para añadir a Cloud Innovation Ltd, que se ordenó al Registrador de Compañías actualizar los registros y que el receptor se comprometió a rectificar los registros en 15 días. LARUS también se comercializa como basada en «derechos de accionista reconocidos judicialmente» y ofrece arrendamiento IPv4 de primera parte.

Son afirmaciones de parte. El expediente suministrado no incluye los textos de las órdenes, la solicitud de intervención de la ICANN ni una sentencia que resuelva las caracterizaciones rivales. Por tanto, el análisis público debe decir qué afirma cada parte, etiquetarlo como afirmación y evitar decir que un tribunal «autorizó el arrendamiento», «prohibió el arrendamiento», «estableció continuidad accionarial» o «declaró falsas las declaraciones de Larus» salvo que una orden del expediente lo diga.

Qué debe vigilar el lector atento

El primer punto es el estado de agotamiento. La página de AFRINIC es internamente contradictoria. Siga sus estadísticas publicadas del fondo IPv4, avisos de asignación y avisos de implementación antes de tratar la fase 2 como hallazgo operativo. El segundo es el historial de tarifas: no hay baremo archivado de 2023. El tercero es la continuidad legal: las órdenes y escritos reales importan más que los comunicados. El cuarto es la integridad del servicio: las descripciones no prueban disponibilidad.

El quinto es la integridad del registro: WHOIS, DNS inverso, RPKI e IRR importan operativamente, pero ninguna página suministrada ofrece métricas recientes de disponibilidad.

La lección verificada es más estrecha que un ensayo de mercado. Un registro puede distribuir direcciones escasas a coste administrativo mientras sus registros y su estatus legal conllevan consecuencias económicas reales. Que reduzca o amplifique esas consecuencias depende de reglas previsibles, registros auditables y claridad legal. Las reglas y comunicados de AFRINIC muestran por qué está en disputa. No establecen, por sí solos, el resultado del mercado.