Resumen
El Tribunal Administrativo Federal suizo, mediante sentencia de 21 de septiembre de 2026 anunciada el 13 de octubre, anuló la decisión de COMCO contra Swisscom porque no quedó acreditada una posición dominante en el mercado específicamente delimitado por la autoridad.
El conflicto surgió de una diferencia técnica esencial: las redes punto a punto permiten ofrecer una fibra física individual y continua, mientras que la arquitectura punto a multipunto no proporciona esa misma conexión, aunque permite otros productos mayoristas, incluidos servicios de capas 2 y 3.
La resolución cuestiona la definición del mercado utilizada por COMCO, no establece una autorización general para P2MP ni determina que los distintos productos mayoristas sean comercialmente equivalentes.
Una sanción anulada por el mercado elegido
La controversia sobre la expansión de fibra óptica de Swisscom ha terminado, por ahora, con una conclusión judicial más delimitada de lo que sugiere una absolución tecnológica. El Tribunal Administrativo Federal aceptó el recurso de la empresa y anuló la decisión de la Comisión de la Competencia suiza, conocida como COMCO, al considerar que no podía demostrarse una posición dominante en el mercado definido por el propio organismo.
La sentencia B-3186/2024, dictada el 21 de septiembre de 2026, fue anunciada públicamente el 13 de octubre. El fallo afecta a una decisión administrativa de diciembre de 2023 que había atribuido a Swisscom un abuso de posición dominante, impuesto obligaciones sobre la construcción de su infraestructura y establecido una sanción cercana a 18 millones de francos suizos.
La cuestión determinante no fue si todas las arquitecturas de fibra resultan competitivamente equivalentes. Tampoco si una red compartida garantiza a los operadores alternativos las mismas posibilidades técnicas que una conexión individual.
El tribunal examinó una premisa anterior: si la empresa podía participar realmente, mediante los productos disponibles bajo su configuración P2MP, en el mercado que COMCO había construido para acreditar el abuso.
Su respuesta fue negativa. Esa deficiencia bastó para invalidar la decisión sin resolver los restantes motivos sustantivos del recurso.
Dos arquitecturas y distintas posibilidades de acceso
El origen del litigio se encuentra en la estrategia de despliegue anunciada por Swisscom a comienzos de 2020. La operadora planteó sustituir, en determinadas ampliaciones de su red de fibra hasta el hogar, una topología punto a punto (P2P) por otra punto a multipunto (P2MP).
En una instalación P2P, cada unidad de usuario puede disponer de una fibra física continua e individual desde la central de acceso. Esa característica permite ofrecer a un operador tercero acceso de capa 1: la utilización de una conexión física diferenciada sobre la que puede organizar sus propias funciones de transmisión.
La arquitectura P2MP funciona de otro modo. Una fibra de alimentación se comparte mediante divisores ópticos que distribuyen la conectividad hacia distintas unidades. No existe, en ese tramo compartido, una fibra individual continua equivalente a la del modelo P2P.
La diferencia afecta directamente a lo que puede venderse en el mercado mayorista.
Una red P2MP no permite ofrecer exactamente la misma línea física individual de capa 1. Sin embargo, sí puede proporcionar acceso relacionado con un árbol de fibra y servicios mayoristas de capas superiores, entre ellos productos de capa 2 y capa 3.
Estos productos no son idénticos. Sus diferencias pueden incidir en el control técnico disponible para el operador comprador, en la dependencia respecto del propietario de la infraestructura y en la capacidad de diferenciar servicios.
La existencia de alternativas técnicamente suministrables tampoco demuestra, por sí sola, que resulten sustitutos adecuados para todos los compradores.
Precisamente por eso, la cuestión jurídica exige distinguir dos preguntas: qué productos puede suministrar realmente la empresa y cuáles de ellos son suficientemente sustituibles para pertenecer a un mismo mercado relevante.
De la investigación de 2020 al recurso de 2024
COMCO abrió una investigación formal el 14 de diciembre de 2020, preocupada por las consecuencias de la estrategia de Swisscom para el acceso mayorista a la infraestructura física de fibra.
La autoridad examinó si la nueva configuración restringía las posibilidades de los competidores de acceder a conexiones de capa 1 y desarrollar sus propias ofertas.
Los procedimientos judiciales de 2021 y 2022 se relacionaron con medidas provisionales adoptadas durante la investigación. No constituyeron una resolución definitiva del fondo que posteriormente examinaría el tribunal en B-3186/2024.
El 4 de diciembre de 2023, COMCO concluyó que Swisscom había abusado de su posición dominante en el mercado que había delimitado. La decisión administrativa original estableció exigencias relacionadas con la configuración de conexiones y la posibilidad de acceso físico por terceros, además de la sanción económica.
La decisión fue notificada formalmente el 24 de abril de 2024. Swisscom presentó su recurso contra el pronunciamiento principal el 23 de mayo siguiente.
Esta secuencia importa porque diferencia el debate cautelar sobre cómo debía desplegarse la red mientras continuaba la investigación del examen definitivo de una supuesta infracción del derecho de competencia.
La sentencia de septiembre de 2026 corresponde al segundo plano. No debe confundirse con las decisiones anteriores sobre medidas provisionales.
El defecto central: definir un mercado inaccesible
El razonamiento judicial se concentra en el orden lógico de la delimitación del mercado.
Primero deben identificarse los productos efectivamente ofrecidos o técnicamente suministrables por la empresa investigada. Después corresponde valorar su sustituibilidad, considerando las características de la oferta y la demanda pertinentes.
COMCO había definido el mercado alrededor del acceso a infraestructura física mediante líneas de fibra individuales y continuas. Sin embargo, esa delimitación excluía los productos mayoristas que Swisscom sí podía proporcionar mediante su arquitectura P2MP.
El resultado era una contradicción entre la capacidad técnica de la empresa y el mercado utilizado para atribuirle dominio.
Cuando una instalación P2MP carece de una fibra continua individual entre la central y la unidad de usuario, Swisscom no puede ofrecer sobre esa instalación el producto físico concreto cuya ausencia cuestionaba la autoridad.
El tribunal consideró que no era posible fundamentar una posición dominante en ese mercado específico mediante una oferta que la empresa estaba técnicamente impedida de realizar con esa arquitectura.
La sentencia también distingue las circunstancias territoriales.
En las zonas donde la construcción de fibra todavía no había concluido, no existía aún el producto correspondiente. En las áreas dotadas de P2MP, podían estar disponibles otros servicios mayoristas, pero estos habían quedado fuera del perímetro elegido por COMCO.
No se trataba, por tanto, de una única realidad territorial ni de una cartera uniforme de productos.
Esta diferenciación resulta esencial: la disponibilidad efectiva de infraestructura y las capacidades de cada topología condicionan el análisis de mercado. No basta con agrupar distintas situaciones geográficas bajo una descripción general del acceso a fibra.
Lo que el tribunal decidió y lo que dejó abierto
La conclusión fue suficiente para anular la decisión de COMCO.
Sin posición dominante acreditada en el mercado concreto examinado, faltaba un presupuesto necesario para sostener la infracción de abuso de dominio formulada en ese expediente.
El tribunal no necesitó resolver los demás motivos sustantivos invocados por Swisscom.
Eso limita el alcance de la resolución. No equivale a declarar que toda arquitectura P2MP cumple automáticamente el derecho de competencia. Tampoco convierte los servicios mayoristas de capas 2 y 3 en equivalentes funcionales del acceso físico individual de capa 1.
La decisión no establece que cualquier restricción de acceso derivada de una arquitectura compartida sea necesariamente legítima.
Asimismo, no descarta una investigación diferente basada en otro objeto, otras circunstancias o una delimitación de mercado jurídicamente adecuada. Esa posibilidad debe distinguirse de la existencia efectiva de un nuevo procedimiento, que el fallo no acredita.
El comunicado del Tribunal Administrativo Federal, publicado el 13 de octubre, señala que la sentencia puede recurrirse ante el Tribunal Federal. Esa indicación describe una vía procesal disponible, no demuestra que se haya utilizado posteriormente.
Para el análisis regulatorio, la enseñanza principal es que la competencia no puede examinarse ignorando las posibilidades materiales de suministro.
La arquitectura técnica delimita lo que existe. La definición económica del mercado debe determinar después qué ofertas compiten realmente entre sí.
Invertir ese orden puede conducir a atribuir poder de mercado sobre un producto que la empresa no está en condiciones de proporcionar.
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