- Los miembros de AFRINIC eligen la junta directiva según la ley de Mauricio, pero las anulaciones ordenadas por el estado borran sus votos legalmente protegidos.
- Reconocer la repetición de septiembre invita a futuras anulaciones gubernamentales y socava la gobernanza de internet ascendente de África.
Poderes formales de los miembros y el proceso electoral
Los miembros de AFRINIC tienen la autoridad máxima para elegir la junta directiva según su constitución y la Ley de Sociedades de Mauricio. Nominan candidatos, votan (incluyendo mediante mecanismos de proxy válidos) y esperan que sus votos cuenten. El Comité Electoral (ECom) dirige los aspectos técnicos y de procedimiento, pero son los miembros quienes deciden quién lidera. En funcionamiento normal, este modelo garantiza la rendición de cuentas: los miembros de la junta deben responder ante los miembros, y las decisiones reflejan el consenso de la comunidad.
Sin embargo, salvaguardas legales deben respaldar esta estructura. Los votos de los miembros deben estar protegidos por la ley de sociedades y los estatutos internos. Cuando los miembros participan plenamente y de buena fe —emitiendo proxies, votando en persona o electrónicamente— la expectativa es que sus votos no puedan ser anulados excepto mediante un proceso transparente y supervisado judicialmente. Su poder no reside simplemente en el acto de votar, sino en la garantía de que el resultado se mantendrá a menos que sea revocado legalmente bajo criterios estrictos.
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Cuando el poder de los miembros se ve socavado por remedios débiles
En la crisis de AFRINIC, la elección de junio de 2025 —realizada bajo supervisión judicial y en cumplimiento de los estatutos— representó un pico de participación de los miembros. Pero cuando el gobierno de Mauricio intervino y ordenó la anulación a través del interventor designado por el tribunal, esa intervención anuló el poder de los miembros. No se divulgó públicamente ninguna constatación judicial que demostrara causa legal suficiente para justificar la anulación según la Ley de Sociedades.
La directiva de anular un resultado determinado por los miembros es incompatible con el principio de que AFRINIC debe obedecer la ley de Mauricio, no las órdenes políticas.
Tras la anulación, se impuso una repetición en septiembre, una que no puede ser reconocida legítimamente porque surge de un proceso que comenzó con una intervención estatal inconstitucional. Aceptar esa repetición sentaría un precedente peligroso: que el control de los miembros puede ser anulado por actores estatales a voluntad, anulando todo el concepto de gobernanza por los miembros. Esto es especialmente peligroso en el contexto de la infraestructura de Internet. Cuando actores externos —como EE. UU. o ICANN a través de Kurt Lindqvist y su nuevo documento relacionado con ICP-2— señalan su apoyo a dicha interferencia estatal, validan un proceso que pisotea la democracia mientras proclaman defenderla. La soberanía africana está en juego: los miembros deben tener poder real, no una participación simbólica cuyos resultados pueden ser borrados a capricho del gobierno.
Llamado a la acción: los resultados de junio deben ser reconocidos, la interferencia detenida y los remedios legales fortalecidos para que los votos de los miembros no se vuelvan insignificantes.

