Resumen
- AFRINIC abrió el 4 de agosto una segunda consulta sobre una Constitución enmendada; recibe comentarios hasta el 21 de agosto a las 23:59 UTC y el borrador no está en vigor.
- La Constitución pública de 2020 ya permite a la junta terminar la afiliación de un Resource Member por «cualquier otro hecho o motivo» que determine y ya exige devolver los recursos. Esas reglas no nacen en 2026.
- El nuevo artículo 8.6 permitiría delegar al director general o a otro directivo la suspensión o terminación de Resource Members y Associate Members. La terminación de Registered Members queda excluida de esa delegación.
- La delegación tendría que ser escrita, la junta conservaría la responsabilidad, habría un proceso y un registro públicos y una apelación justa, imparcial y oportuna. Aun así, la nota explicativa dice que sigue pendiente una opinión jurídica externa independiente sobre la potestad de la propia junta para terminar una afiliación.
- El RSA publicado prevé revocación inmediata y cese de servicios al terminar el contrato, y fija la responsabilidad general en la mayor cifra entre seis meses de pagos y 100 dólares. Antes de delegar hacen falta autoridad demostrada, revisión independiente con efecto suspensivo, continuidad y reparación financiada.
El riesgo contractual aparece antes que la reforma constitucional
Un operador que lea el borrador de AFRINIC como un simple reparto de tareas se perderá la consecuencia principal.
El Registration Services Agreement publicado por AFRINIC incluye entre sus servicios la asignación, adjudicación y transferencia de recursos, la delegación de DNS inverso y el mantenimiento de los registros. Cuando el acuerdo termina o expira, su cláusula 11(e) vincula ese momento a la revocación inmediata de los recursos, el cese de servicios sin responsabilidad y la pérdida inmediata de los derechos de afiliación.
La cláusula 10 excluye ampliamente responsabilidad por interrupciones, errores, defectos y daños, con la excepción que formula. Para ambas partes, utiliza como límite la mayor cantidad entre lo abonado a AFRINIC durante los seis meses anteriores y 100 dólares estadounidenses.
No es una sentencia que conceda 100 dólares ni prueba que el resultado sea idéntico en todos los contratos. La página de acuerdos dice que su PDF inglés es la única versión jurídicamente vinculante allí, pero una controversia individual exige examinar el RSA realmente firmado. El texto público sí muestra el reparto que AFRINIC propone: una decisión capaz de afectar recursos operativos frente a una responsabilidad que puede comenzar en una suma simbólica.
El RSA actual contiene garantías previas. AFRINIC debe notificar, invitar al miembro a justificar o subsanar y conceder 30 días para presentar razones o pruebas. Después, AFRINIC decide a su discreción si la respuesta resulta satisfactoria. La apelación contractual llega finalmente a la propia junta.
Sobre esta infraestructura contractual, el borrador constitucional añadiría una nueva persona capaz de ejercer el poder: el director general u otro directivo designado.
La delegación llega antes que la respuesta sobre la potestad
El artículo 8.6 permitiría que la junta delegase por escrito cualquier potestad constitucional para suspender o terminar la afiliación de un Resource Member o Associate Member. La excepción protege la terminación de los Registered Members, pero no concede la misma reserva a quienes reciben recursos.
La junta determinaría límites, condiciones, procedimientos, informes y controles, y podría modificar o revocar la delegación. Seguiría siendo responsable del ejercicio legal, justo y adecuado. El delegado tendría que informar de todas sus decisiones con la periodicidad que decidiese la junta.
El problema no es que cada una de esas garantías carezca de valor. Es que dependen de una potestad anterior.
La explicación artículo por artículo afirma que sigue pendiente una opinión jurídica externa independiente sobre la autoridad de la junta para terminar la afiliación. Añade que la justificación será actualizada después de recibir y considerar ese dictamen.
La nota no anticipa la respuesta. No demuestra legalidad ni ilegalidad. Sí confirma que el propio documento todavía no cierra la premisa de la delegación: nadie puede transmitir una potestad que no ha demostrado poseer.
También importa precisar qué es nuevo. El artículo 8.2 de la Constitución de 2020 ya contiene causas concretas y una cláusula residual que deja a la junta determinar «cualquier otro hecho o motivo», con requisitos de razonabilidad y buena fe. El artículo 8.5 ya ordena devolver los recursos al terminar la afiliación. El nuevo borrador mantiene ambos elementos. La noticia es el canal de delegación, no la invención del riesgo de terminación.
Un registro posterior no detiene una revocación
El proyecto obliga a AFRINIC a publicar un proceso transparente con los motivos, pasos, persona u órgano autorizado y una apelación justa, imparcial y oportuna. También exige un registro público después de cada suspensión o terminación con la identidad, fecha efectiva, instrumento aplicado y motivos concisos, sujeto a la ley, órdenes judiciales, confidencialidad y protección de datos.
Es una mejora comprobable. Un miembro podría saber qué regla se invocó y el público tendría una pista auditable.
Pero el registro aparece después de la decisión. El preaviso y la oportunidad de responder operan «cuando corresponda», sin definición de cuándo pueden omitirse. La apelación no se califica de independiente ni externa. El borrador no identifica al revisor, su selección, conflictos, acceso a pruebas, plazos, poderes de reversión o compensación.
Tampoco impone una suspensión automática de la ejecución. Nada preserva expresamente el último estado verificado de RPKI, DNS inverso, WHOIS, RDAP y demás servicios mientras se resuelve la impugnación.
Una decisión publicada puede seguir siendo irreversible antes de que el recurso funcione. La transparencia registra el ejercicio del poder; no sustituye el fundamento legal, la separación del revisor ni la continuidad de la red.
Fuentes
- AFRINIC — Segunda consulta sobre la Constitución enmendada
- AFRINIC — Proyecto de Constitución enmendada
- AFRINIC — Constitución vigente
- AFRINIC — Acuerdos de afiliación
- AFRINIC — Registration Services Agreement
- AFRINIC — Nombramiento del comité de revisión
- AFRINIC — Panel de causas judiciales
- AFRINIC — Estabilidad organizativa y litigios en curso
- NRS — Acción de miembros ante la AGMM 2026
- NRS — Paquete inicial de poder de representación
- NRS — Advertencia sobre la responsabilidad de 100 dólares
- Lu Heng — The Policy Mirror
- Lu Heng — Cuando el poder registral se separa de la responsabilidad
- Lu Heng — Poder, legitimidad y el bloqueo de AFRINIC
- Lu Heng — Por qué los registros nunca deben convertirse en ejecutores
- LARUS — Cómo el blanqueo de mandato convierte coordinación en poder
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