Resumen
- AFRINIC recibe comentarios sobre su segundo proyecto constitucional hasta el 21 de agosto de 2026 a las 23:59 UTC; el texto aún no es aplicable.
- El artículo 17.4 vigente concede al director ejecutivo la gestión diaria y la capacidad de fijar la remuneración de los empleados que no están en el nivel ejecutivo.
- El proyecto supedita esa capacidad a una política de remuneración y un presupuesto aprobados por la Junta, y obliga a documentar por escrito las demás facultades delegadas.
- La Companies Act mantiene la responsabilidad de la Junta y exige condiciones de supervisión; una delegación escrita no demuestra por sí sola que hubo seguimiento.
- El proyecto no exige un registro público de delegaciones, decisiones, excepciones, conflictos, revisiones ni vías de reclamación para el empleado.
La novedad documental está en una sola palabra
El cambio más fácil de pasar por alto en el artículo 17.4 propuesto por AFRINIC es “por escrito”. La Constitución vigente permite que la Junta delegue otras facultades en el director ejecutivo de vez en cuando, sin expresar en ese apartado que la delegación deba quedar en un instrumento escrito. El proyecto conserva la posibilidad, pero añade esa forma documental.
No es decorativo. Una orden oral permite reconstrucciones incompatibles; un escrito puede fijar poder, destinatario, límites y fecha. Es una mejora real cuando la cadena de decisión está controvertida.
El mismo artículo añade otro control. El director ejecutivo seguiría fijando la remuneración y las condiciones de empleo de quienes no estén en el nivel ejecutivo, pero solo dentro de una política de remuneración y un presupuesto aprobados por la Junta. Hoy el artículo 17.4 no formula esas dos condiciones. Política, presupuesto y escrito forman así un pequeño sistema: regla, límite financiero y prueba de delegación.
El problema es que el proyecto no obliga a conservar ese sistema de forma accesible. No pide un registro de delegaciones, una fecha de caducidad, la publicación de los límites, una lista anonimizada de excepciones o un informe de uso. Crea documentos, pero no dice quién puede verlos ni quién comprueba que coincidan con la práctica.
La Junta no desaparece después de firmar
La nota explicativa relaciona el diseño con el artículo 131 de la Companies Act de Mauricio. Esa norma permite a la Junta delegar determinadas facultades a un comité, director, empleado u otra persona, siempre que la Constitución no lo impida. Su segunda parte es decisiva: la Junta responde por el ejercicio del poder delegado como si lo hubiera ejercido ella, salvo que se cumplan las condiciones legales de creencia razonable y supervisión mediante métodos razonables correctamente utilizados.
La firma de una delegación puede satisfacer una necesidad de trazabilidad. No satisface automáticamente la supervisión. Para eso hacen falta preguntas posteriores: ¿qué informes recibió la Junta?, ¿qué comparación hizo con la política y el presupuesto?, ¿qué anomalías detectó?, ¿qué facultad retiró o ajustó?, ¿qué excepción autorizó y por qué?
El artículo 143 añade deberes de actuar dentro de la ley y la Constitución, con honestidad, buena fe, diligencia y atención al interés de la sociedad. Tampoco convierte esos deberes en un registro visible. La obligación legal y la evidencia de su cumplimiento son cosas distintas.
Por eso la redacción debería enlazar el escrito con un ciclo de control. Cada delegación podría tener objeto, alcance, duración, límites, órgano supervisor y fecha de revisión. Una relación pública podría omitir información personal o comercial y aun así permitir que los miembros sepan qué poder salió de la Junta y cuándo volvió a examinarse.
La política salarial también necesita una genealogía
La parte salarial presenta la misma debilidad. El proyecto dice “cualquier política de remuneración y presupuesto aprobados por la Junta”, sin exigir quién redacta la política, cuándo se aprueba, qué contenido mínimo tiene o cómo se modifica. Tampoco exige bandas, criterios comparables, tratamiento de aumentos, incentivos, beneficios, umbrales de excepción o una prueba de aplicación coherente.
La nota explicativa va más lejos. Habla de políticas de remuneración y recursos humanos aprobadas por la Junta, de un presupuesto anual aprobado y de responsabilidad reservada para la remuneración del director ejecutivo, los empleados de nivel ejecutivo y otros cargos que la Junta determine. El artículo 17.4 solo menciona política de remuneración y presupuesto, sin decir “anual” ni nombrar la política de recursos humanos. El artículo 15.3(g) asigna las condiciones de empleo del nivel ejecutivo a un comité específico; el artículo 17.4 excluye a ese nivel de la competencia del director ejecutivo.
La diferencia importa porque la nota explica intención, mientras la cláusula distribuye poder. Si el control anual y la política de recursos humanos son indispensables, deberían figurar en el texto o en una remisión precisa. De lo contrario, la institución puede defender una visión amplia ante el público y aplicar una versión más estrecha en una decisión interna.
La Junta ya conserva en los artículos 15.3(c) y (d) la facultad de fijar un presupuesto financiero y un techo de gasto para un periodo, y puede variar ese techo. El nuevo artículo 17.4 acerca esa arquitectura general a las decisiones salariales. Falta la genealogía documental: propuesta, revisión, aprobación, versión vigente, excepción, seguimiento y corrección.
El empleado aparece como destinatario, no como sujeto del control
En el reparto proyectado, la Junta aprueba y vigila; el director ejecutivo decide sobre el personal no ejecutivo; un comité específico interviene en las condiciones del nivel ejecutivo. El empleado recibe el efecto de la decisión, pero el artículo 17.4 no le reconoce notificación, acceso a los criterios aplicados, mecanismo de queja, reconsideración, apelación o remedio.
El derecho laboral y el contrato pueden contener garantías separadas. El paquete de hechos no demuestra cómo operarían en un caso particular, y esta noticia no sostiene que exista un caso salarial concreto. El punto constitucional es más limitado: la nueva regla no crea por sí misma una vía para corregir una decisión incompatible con la política o el presupuesto.
Tampoco identifica un procedimiento de conflicto de intereses. No dice quién debe abstenerse al aprobar la política, el presupuesto, una excepción o el informe de seguimiento. No obliga a que un órgano independiente revise una decisión en la que participe alguien afectado. Un buen texto puede proteger la privacidad y, a la vez, exigir que las recusaciones y excepciones queden registradas.
El Código Nacional de Gobierno Corporativo de Mauricio ofrece una referencia, no una sentencia. Recomienda transparencia, equidad y consistencia en políticas de remuneración para directores y altos ejecutivos, así como información anual y revisión por la Junta o un comité identificado. Su modelo de carta de comité incluye independencia, actas, comparación con las condiciones del conjunto de la empresa y rendición anual.
El expediente no establece que AFRINIC sea jurídicamente una entidad de interés público sometida a todas esas recomendaciones. El Código se usa como diseño no vinculante. Muestra, sin embargo, que una organización puede revelar el sistema, los responsables y los controles sin publicar cada salario.
El control de agencia comienza donde termina el organigrama
La lectura de Heng Lu obliga a no confundir una etiqueta jerárquica con rendición de cuentas. “Aprobado por la Junta” dice quién ocupa el nivel superior; no dice quién controla a ese nivel, quién posee la información o quién paga el coste de un error. Su análisis del problema de agencia desplaza la atención del organigrama hacia la secuencia ejecutable.
En esta secuencia, la Junta aprueba la política y el presupuesto. El director ejecutivo adopta decisiones individuales. La Junta debe supervisar la delegación. El empleado soporta el resultado inmediato. AFRINIC y los titulares de recursos soportan el riesgo de continuidad y confianza. Los miembros son invitados a comentar y eventualmente podrían votar una Constitución, pero el artículo no les concede acceso a la política ni al registro de cumplimiento.
La doctrina de las capas de realidad añade otra cautela. Una consulta, una explicación institucional, un futuro dictamen jurídico, una recomendación y una resolución de miembros son etapas distintas. El proyecto todavía no es derecho operativo. La palabra “comunidad” no convierte a quienes participan en representantes automáticos de todos los operadores o de un continente.
NRS cuestiona la autoridad de las personas que AFRINIC presenta como Junta y reclama registros transaccionales. Es una posición atribuida, no una conclusión judicial adoptada aquí. Las páginas oficiales sobre Junta, resoluciones, documentos y litigios muestran lo que AFRINIC publicó al cierre, no la validación de cada acto discutido. LARUS, por su parte, analiza el riesgo de una capa de registro que amplía la coordinación hasta convertirla en control sin asumir un coste equivalente.
La reforma no puede escribir hacia atrás
Una delegación escrita futura puede mejorar la próxima cadena de autoridad. No puede crear retroactivamente un mandato para una decisión anterior. Lo mismo vale para la política salarial, el presupuesto y cualquier posterior voto de miembros.
Por ello, la reforma no valida por sí sola a la pretendida Junta, al Receiver, a quienes los apoyan, las posiciones de bloqueo sobre recursos, los gastos históricos o cualquier operación separada. La investigación de BTW informó de un término de honorarios jurídicos de 1.000 dólares por hora. El paquete no contiene una sentencia final que declare ilegal ese término ni base para inventar fraude, corrupción, conspiración, represalia o conducta personal indebida. La cifra sigue siendo investigación atribuida y demuestra por qué una autorización debe poder reconstruirse.
La respuesta útil a la consulta no es eliminar el nuevo control. Es completarlo: registro de delegaciones, duración y límites, política con contenido mínimo, calendario de aprobación, conflictos y recusaciones, autoridad para excepciones, seguimiento periódico, información agregada para los miembros y una vía de revisión para la persona afectada. Así, “por escrito” dejaría de ser un archivo cerrado y se convertiría en rendición de cuentas.
Fuentes
- AFRINIC — Segunda consulta sobre el proyecto de Constitución modificada
- AFRINIC — Proyecto de Constitución modificada
- AFRINIC — Constitución vigente
- Ministerio de Finanzas de Mauricio — Companies Act 2001
- Comité Nacional de Gobierno Corporativo — Código Nacional de Mauricio
- AFRINIC — Casos judiciales
- AFRINIC — Documentos de la Junta
- AFRINIC — Reuniones y resoluciones
- AFRINIC — Junta
- NRS — Acción de miembros para la AGMM 2026
- NRS — NRS Shield
- Heng Lu — AFRINIC y el mito de la propiedad comunitaria
- Heng Lu — Capas de realidad y poder simbólico
- Heng Lu — El problema de agencia en la gobernanza de Internet
- Heng Lu — Poder, legitimidad y bloqueo de AFRINIC
- Heng Lu — Cuando el poder del registro se separa de la responsabilidad
- Heng Lu — Quién puede hablar por un continente o una comunidad
- LARUS — El registro como riesgo estructural
- LARUS — Cómo el lavado de mandato convierte coordinación en poder
- BTW — Investigación sobre honorarios jurídicos de AFRINIC
Para saber más
Informe para miembros
Contexto ampliado del perfil
Inicia sesión con el nivel de membresía adecuado para desbloquear el informe completo y las notas de las fuentes.
Solo para Strategic Circle
Strategic Circle
Abierto a todos los lectores. Desbloquea informes de perfil después de unirte e iniciar sesión.
Únete a Strategic CircleSolo para Leadership Alliance
Leadership Alliance
Para propietarios y directivos cualificados de activos de propiedad intelectual; inicia sesión para desbloquear los informes de la alianza.
Unirse a Leadership Alliance

