Resumen

  • Nueve empresas no obtuvieron una orden urgente contra ARIN: la jueza consideró que no habían mostrado probabilidad de éxito y que se resistían a entregar información razonable. No resolvió definitivamente todas las acusaciones de fraude.
  • El árbitro declaró inválidos los RSA, o subsidiariamente incumplidos, mediante una solicitud no impugnada. Incorporó un acuerdo privado, adjudicó 350.000 dólares a ARIN y conservó jurisdicción hasta el cumplimiento.
  • El archivo público afirma que el acuerdo está adjunto como Anexo 1, pero no aparece. Las posteriores declaraciones de culpabilidad de Golestan y Micfo confirman el fraude central sin revelar los términos ausentes ni condenar a las nueve sociedades demandantes.

Un expediente capaz de contar hasta los centavos

El laudo arbitral de 6 de mayo de 2019 detalla 8.175 dólares de tasas administrativas, 11.985 dólares de honorarios del árbitro y un reembolso de 587,50 dólares que ARIN debía pagar a los reclamantes. También adjudica a ARIN 350.000 dólares en gastos jurídicos, pagaderos por Micfo según la sección 8 de un acuerdo.

Ese nivel de precisión termina al llegar al documento decisivo. El laudo dice que el acuerdo de 1 de mayo se adjunta como Anexo 1. El PDF oficial contiene cinco páginas de laudo interino y dos de orden procesal. No contiene el anexo.

No es posible deducirlo. El texto visible incorporó todas sus obligaciones, permitió exigirlo ante el árbitro o un tribunal competente y mantuvo abierto el expediente hasta que se cumplieran. Sin el acuerdo no sabemos la lista exacta de prefijos, el orden de revocación, las garantías para clientes, los plazos ni la contraprestación completa.

Lo que decidió la jueza el 21 de diciembre

Oppobox y otras ocho sociedades habían acudido al tribunal federal para impedir que ARIN actuara sobre sus registros IPv4. Querían preservar el estado existente mientras el conflicto contractual pasaba al arbitraje previsto en los RSA.

La jueza Leonie Brinkema denegó la orden temporal. Dijo que los solicitantes no habían demostrado probabilidad de éxito y que los anexos que había leído mostraban resistencia a proporcionar información que ARIN pedía de manera razonable. También entendió que las cuestiones finales parecían reservadas al arbitraje.

La decisión era urgente, no definitiva. Brinkema explicó que había recibido el caso esa mañana y que dispuso de unos cuarenta y cinco minutos para familiarizarse con él. No celebró juicio, no fijó el valor de los bloques y no convirtió cada afirmación de ARIN en un hecho probado.

El abogado de ARIN habló de alias, documentos falsos, transferencias a China y Arabia Saudí y una cartera de entre 10 y 20 millones de dólares. El abogado de los solicitantes negó haber engañado al tribunal y acusó a ARIN de usar poder monopolístico para amenazar con un corte total. Eran posiciones adversas. El rechazo de una medida excepcional no era una sentencia general sobre ellas.

El archivo de clientes era el punto de control

ARIN sostuvo que necesitaba identificar a clientes reales antes de revocar registros. Su abogado ofreció no ejecutar ninguna revocación hasta recibir una lista de clientes y tomar declaración a Amir Golestan, si el tribunal ordenaba esas medidas. Aceptaba una obligación de confidencialidad.

Los solicitantes se opusieron. La jueza no ordenó la entrega ni la declaración. Consideró, en cambio, que la negativa debilitaba su propio argumento de daño irreparable: invocaban la continuidad de clientes mientras rechazaban un método que ella veía razonable para comprobarla.

La distribución del poder quedó a la vista. ARIN controlaba el registro reconocido; las sociedades controlaban información sobre usuarios dependientes; el tribunal controlaba la protección urgente; el árbitro controlaría el contrato. El poder operacional del registro era limitado en origen, pero inmediato en efecto.

La política administraba la escasez

El NRPM de 2018 atribuía a ARIN la validación de la cantidad solicitada. Si el fondo gratuito no podía cubrir una solicitud cualificada, la lista de espera seguía el orden de aprobación, sujeto al tamaño disponible y a una nueva validación. Salvo dispensa, una organización sólo podía recibir una asignación, adjudicación o transferencia cada tres meses. El manual remitía además a los solicitantes no atendidos al mecanismo de transferencias y exigía condiciones para la fuente, el receptor y el RSA.

Eran reglas administrativas de ARIN, no legislación soberana. Su fuerza práctica procedía de que definían qué relación reconocería el registro. El contrato remitía después la disputa al arbitraje, excepto la pretensión de obtener una medida judicial urgente.

Ahí se formó el bloqueo institucional. Un operador conservaba el derecho a discutir, pero podía depender del registro durante toda la discusión. La alternativa jurídica seguía abierta; la alternativa operacional se estrechaba.

De demanda impugnada a resolución sin oposición

Las nueve sociedades presentaron su demanda arbitral el 20 de diciembre de 2018. ARIN contestó y formuló reconvenciones el 16 de enero de 2019. Se registraron el 28 de enero; los solicitantes respondieron el 19 de febrero y hubo fase de prueba.

El 1 de mayo cambió la trayectoria. ARIN, las nueve sociedades y Micfo —que no era parte formal del arbitraje— firmaron un acuerdo. ARIN presentó una solicitud dispositiva no impugnada. El árbitro Arthur House la concedió el 6 de mayo.

House declaró que los RSA eran inválidos. Añadió que, aun si fueran válidos, los reclamantes los habían incumplido de forma sustancial. Rechazó todas sus pretensiones y acogió las reconvenciones de ARIN.

La resolución vincula a las partes. También refleja un expediente sin oposición. La orden explica que el árbitro consideró la demanda, las reconvenciones, la solicitud no impugnada y el acuerdo, y concluyó que la información presentada justificaba la decisión conforme a la regla dispositiva de la AAA. No hubo una vista probatoria contradictoria que sometiera todo el material a impugnación pública.

La postura procesal no invalida el resultado. Limita lo que un observador puede afirmar sobre cómo se comprobó.

El acuerdo convirtió negociación en ejecución

El laudo señala que el acuerdo no constituía admisión de responsabilidad ni conducta ilícita. Incorporó sus compromisos como si estuvieran escritos por entero, pero evitó fusionarlo con el laudo. Dejó que las partes lo exigieran en arbitraje o en un tribunal competente. House mantuvo jurisdicción y debía emitir el laudo final apropiado después del cumplimiento.

No se ha localizado ese laudo final. Tampoco el Anexo 1.

El proceso penal añadió prueba, no transparencia contractual

El 14 de mayo de 2019 se presentó una acusación federal de veinte cargos de fraude electrónico contra Amir Golestan y Micfo. En ese momento eran acusaciones. En noviembre de 2021, después de comenzar el juicio, Golestan se declaró culpable de los veinte cargos, personalmente y en nombre de Micfo.

El Cuarto Circuito confirmó ambas condenas. Su sentencia publicada describe sociedades y directivos ficticios, documentación fraudulenta remitida a ARIN, ventas de direcciones y aproximadamente 3,3 millones de dólares de beneficio. Confirma sesenta meses de prisión, unos 77.000 dólares de restitución y la confiscación de derechos sobre direcciones enumeradas y de 3,3 millones.

El tribunal habla de aproximadamente 1,3 millones de direcciones IPv4 obtenidas en el esquema completo. Al describir la acusación cita unas 757.760. ARIN había utilizado antes unas 735.000. No son cifras libremente intercambiables. Pueden abarcar momentos, cargos o conjuntos distintos.

Golestan y Micfo fueron los acusados que admitieron culpabilidad. Las nueve sociedades del arbitraje no lo hicieron. La sentencia posterior demuestra el mecanismo fraudulento central; no reescribe la naturaleza limitada de la audiencia urgente de 2018.

Quién obtuvo qué autoridad

ARIN tenía poder contractual y técnico sobre sus servicios de registro. La jueza tenía poder público para conceder o negar protección de urgencia. El árbitro tenía el poder que las partes habían aceptado en el RSA. El tribunal penal ejerció después la autoridad soberana para castigar y ordenar confiscaciones.

La victoria de ARIN en arbitraje no convirtió esos poderes en uno solo. Autorizó el éxito de sus reclamaciones contractuales y la ejecución de los compromisos incorporados. No entregó al registro competencia judicial universal sobre propiedad, responsabilidad penal y daño a clientes.

Una alternativa creíble habría separado las pruebas antes de la dependencia: identidad y poder de firma autenticados; necesidad de clientes verificada por un tercero bajo confidencialidad; congelación de solicitudes dudosas; y protocolo público de transición para usuarios legítimos. El registro emitiría una constancia estrecha sobre lo reconocido, no una certificación de todo el negocio.

La investigación de BTW sobre diligencia IPv4 aplica esa separación desde el lado del comprador. Reconocimiento registral, autoridad corporativa, uso BGP, reputación y restricciones legales son capas distintas. En este expediente la misma disciplina impide exagerar. El fraude de Golestan y Micfo está acreditado. El triunfo contractual de ARIN también. Los términos que transformaron el acuerdo en acción de registro siguen sin estar disponibles.

Un acuerdo autenticado, un laudo final o el expediente completo de la solicitud podrían cambiar la conclusión. Hasta entonces, el precedente verificable es más estrecho: no hubo protección urgente, hubo decisión contractual sin oposición, la culpabilidad llegó después y la pieza que conectaba la negociación con los recursos no puede ser auditada.

Fuentes